Cada trabajador es libre de informarse sobre los rendimientos de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) y elegir la que mejor le parezca.
Aunque tú no hayas elegido Afore, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) asigna tu cuenta de ahorro para el retiro a una de las Afore que hayan generado mayores rendimientos.
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Aunque tu cuenta de ahorro se mantiene en constante crecimiento con esta actividad, al registrarte en una Afore recibirás otros beneficios como:
Si tu cuenta permanece durante 2 años en la Afore que se te asignó y no has solicitado el registro en la Afore de tu elección, la Consar reasignará tu cuenta a la Administradora que tenga el mejor desempeño.
Para registrarte en la Afore de tu preferencia y gozar de los beneficios al elegir una, debes de:
Contacta a la Afore de tu preferencia y solicita la visita de uno de sus Agentes Promotores o acude a cualquiera de sus sucursales. Puedes encontrar los datos de contacto de tu Afore en la sección “Canales de atención de las Afore” en la página web de la Consar.
También puedes realizar una pre-solicitud de Registro a través del portal www.aforeweb.com.mx. Cuando hayas completado la pre-solicitud, la Afore deberá contactarte en un plazo no mayor a 6 días hábiles para iniciar las gestiones.
Para tramitar tu Registro, la Afore conformará tu Expediente de Identificación electrónico, para lo cual te solicitará tu CURP, RFC, Número de Seguridad Social, identificación oficial, comprobante de domicilio, una fotografía digital de tu rostro, que será tomada por el Agente Promotor, firma biométrica con tus huellas digitales y firma manuscrita digital.
A través de un medio electrónico, la Afore te dará la Solicitud de Registro, que contiene el contrato de administración de fondos para el retiro y el documento de Rendimiento Neto, en los que debes asentar tu nombre completo, firma biométrica y firma manuscrita digital.
La Afore te informará sobre el resultado de la solicitud de registro. Si la solicitud es aceptada, deberá enviar una constancia de Registro al domicilio o al correo electrónico que hayas proporcionado, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha de conclusión del trámite.
Si la solicitud es rechazada, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se dio ese resultado, deberá enviar a tu domicilio o correo electrónico un documento en el que se te informe del rechazo y los motivos que dieron lugar al mismo.