La Cámara de Diputados aprobó modificaciones a la Ley Federal de Protección al Consumidor, para prohibir a los proveedores de bienes, productos o servicios cobrar comisiones a los consumidores cuando estos utilicen como medio de pago tarjeta de débito o crédito.
Por unanimidad de 446 votos, también se estableció que ante el incumplimiento de dicha disposición, los establecimientos serán sancionados con una multa que va de los 701.15 pesos a los 2 millones 243 mil 671.49 pesos.
De acuerdo con información de la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), se ha detectado que algunos establecimientos comerciales realizan el cobro de un “recargo” que puede ir del 3 al 5 por ciento sobre el valor total de la compra o servicio, cuando el pago es realizado mediante una tarjeta de crédito o de débito, como por ejemplo BBVA, HSBC, Banco Azteca, Banorte, Santander o Citibanamex.
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Dicha actividad incumple con lo que los comercios pactan con las instituciones bancarias, ya que en los contratos para el uso de terminales punto de venta se señala claramente que el pago de este servicio no debe repercutir en el costo de los bienes y servicios.
La Condusef precisa que los beneficios que los establecimientos tienen por el uso de terminales punto de venta son mayores que los costos que asumen. Entonces, trasladar dichos costos a las personas consumidoras es una práctica que no debería darse.
El diputado René Figueroa Reyes del Partido de Acción Nacional (PAN) sostuvo que esta regulación permitirá un acceso más equitativo a los servicios financieros en la sociedad.
Por su parte, diputadas del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) señalaron que impedir desde la ley el cobro de comisiones ayuda a blindar el bolsillo de las y los mexicanos, y el imponer una multa es un acto de justicia social porque se cierra la puerta a los abusos.
Además de la modificación a la Ley Federal de Protección al Consumidor, se le adiciona un artículo 7 Ter y reforma el artículo 127. Todo fue remitido a la Cámara de Senadores para que tenga sus efectos constitucionales.