A través de su portal web, el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot), dio a conocer que el año pasado alrededor de 39 mil 400 centros de trabajo se afiliaron a ellos, esto con el objetivo de que los empleados de estas empresas pudiesen acceder a los créditos que otorga este organismo financiero, los cuales están diseñados para mejorar las condiciones de vida, mediante la adquisición de bienes y servicios.

Cabe recordar que en abril del 2014, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT), en donde se establece que las empresas que no estén afiliadas al Fonacot, podrían hacerse acreedoras a una multa de entre 50 y hasta las mil 500 Unidades de Medida y Actualización (), la cual, para este 2025, representada en pesos, equivaldría a un pago de entre 5 mil 657 y hasta los 169 mil 710 pesos.

Es por ello que en esta ocasión en , explicaremos cómo los patrones pueden afiliar a su empresa al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, y así evitar que se les sancione.

¿Cómo afilio a mi empresa al Fonacot?

De acuerdo con la información que se encuentra en el portal web de este organismo financiero gubernamental, los interesados en el proceso de afiliación pueden realizarlo de las siguientes dos maneras:

En línea

Esto es posible siempre y cuando el centro laboral cuente con más de un año de antigüedad desde que arrancó sus operaciones. En caso de no ser así, la adhesión deberá hacerse de manera presencial en alguna de las sucursales del Fonacot.

Presencial.

El primer paso es ubicar la oficina más cercana a la entidad federal donde se sitúa el recinto; sin embargo, es importante resaltar que este proceso en sucursal es para uso exclusivo de los siguientes casos:

  • Centros de Trabajo del Sector Privado que presenten alguna situación que les impida realizar el trámite en el Micrositio de Afiliación.
  • Centros de Trabajo del Sector Privado que no hayan iniciado su trámite en el micrositio de afiliación.
  • Centros de trabajo del sector público
  • Centros de trabajo del sector privado que no cumplen la antigüedad (1 año).

Cabe mencionar que, antes de acudir a la sucursal, el patrón debe generar una cita previa en el portal web del Fonacot, el cual está disponible en el siguiente enlace: citasb.fonacot.gob.mx/CT. Una vez que se encuentre en las oficinas, deberá entregar la siguiente documentación en original y copia para el cotejo.

Personas físicas

  • Documento donde se muestre que la empresa está constituida ante el marco legal vigente.
  • Estar inscrito ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT).
  • Contar con el régimen de seguridad social ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
  • Cédula o constancia del registro ante el SAT con fecha de inicio de operaciones.
  • Comprobante de domicilio no mayor a tres meses a nombre del centro de trabajo.
  • Identificación oficial con fotografía y firma de la persona facultada para suscribir el convenio.
  • Si se cuenta con un representado legal, debe presentar poder notarial.

Personas morales

  • Acta constitutiva ante el marco legal vigente.
  • Estar inscrito ante el SAT.
  • Contar con el régimen de seguridad social ante el IMSS.
  • Acta constitutiva del centro de trabajo.
  • Cédula o constancia del registro ante el SAT.
  • Comprobante de domicilio.
  • Poder notarial.
  • Identificación oficial y firma del representante legal.

Por último, en el portal web del Fonacot, en el apartado de “ Requisitos para afiliación”, los patrones, ya sean personas físicas o morales, podrán descargar su solicitud de afiliación como Centro de Trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores. Es importante contar con este documento, ya que se deberá entregar el día de la cita.

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