El tuning de autos ha evolucionado de ser una simple modificación estética a una forma de expresión personal y artística en el mundo del automovilismo. Esta práctica, que surgió en los años 50 y 60 en Estados Unidos, ha ganado popularidad en todo el mundo, convirtiéndose en una subcultura automotriz global.
Esta actividad no se trata solo de cambiar la apariencia de un vehículo, sino también de mejorar su rendimiento y características técnicas. Desde cambios en la carrocería, como alerones y parachoques personalizados, hasta modificaciones en el motor y en el sistema de suspensión, los aficionados al tuning buscan crear autos únicos que reflejen su estilo y personalidad.
Aunque las modificaciones a menudo se asocian con vehículos deportivos y de alto rendimiento, la práctica se extiende a una amplia variedad de automóviles, desde compactos hasta grandes camionetas. Los entusiastas de las modificaciones encuentran en esta actividad una forma de expresar su creatividad y habilidades mecánicas, a la vez que disfrutan de una comunidad apasionada y colaborativa.
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El Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México menciona que las personas que hagan modificaciones al auto, se harán acreedores a sanciones que van desde los mil 85 hasta los mil 428 pesos.
Según dicho documento, los automovilistas serán infraccionados si llegan a realizar las siguientes modificaciones a su coche:
Colocar bandas de oruga, ruedas o neumáticos metálicos u otros mecanismos de tracción que dañen la superficie de rodadura, provocará que se les sancione con una multa equivalente a 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), aproximadamente entre los 2 mil 171.40 a los 5 mil 428.50 pesos.
Poner faros deslumbrantes que no cumplan con las Normas Oficiales Mexicanas y pongan en riesgo la seguridad de conductores o peatones, provocará que se les canciones con una multa equivalente a 10, 15 o 20 UMA´s, aproximadamente mil 85.70 hasta 2 mil 171.40 pesos.
Quienes coloquen luces de neón y porta placas que obstruyen la visibilidad de la información contenida en las placas de matrícula del vehículo y micas, láminas transparentes u obscuras sobre las mismas placas, obtendrán una multa que va desde los mil 85.70 a los 2 mil 171.40 pesos, lo equivalente a 10 y 20 UMA´s.
Los sistemas antirradares o detector de radares de velocidad provocarán que a los automovilistas se les imponga una sanción equivalente a 40,45 o 50 veces la Unidad de Medida y Actualización, aproximadamente entre los 4 mil 342.80 y los 5 mil 428.50 pesos.
Las modificaciones al sistema de escape de gases del vehículo con objeto de provocar ruido excesivo, provocará que los automovilistas se hagan acreedores a una multa equivalente a 20, 25 o 30 veces UMA´s, lo equivalente a los 2 mil 171.40 a hasta los 3 mil 257.10 pesos.
Las personas que coloquen bocinas (claxon) que produzca ruido excesivo o un sonido diverso al que producía la bocina original de fábrica, tendrán una multa equivalente a 20, 25 o 30 veces la Unidad de Medida y Actualización, que aproximadamente va desde los 2 mil 171.40 a los 3 mil 257.10 pesos.
Las películas de control solar (polarizado) u oscurecimiento de vidrios laterales o traseros en un porcentaje mayor al 20 por ciento (cuando así se requiera por razones médicas, debidamente acreditadas ante la Secretaría de salud), y deberá constar en la tarjeta de circulación, quien sobrepase esta medida se le sancionará con una infracción equivalente a 20, 25 o 30 UMA´s, aproximadamente a los 2 mil 171.40 a hasta los 3 mil 257.10 pesos.