A través de su cuenta de X, el Sistema de Administración Tributaria (SAT) recomendó a las personas físicas preparar su declaración anual de impuestos y así evitar sanciones económicas.

Así mismo, el les explicó que pueden ingresar a su simulador y verificar el prellenado de ingresaos, gastos, deducciones autorizadas y personales, retenciones, pagos provisionales, así como saldos a favor. Sin embargo, este simulador estará disponible hasta el día de mañana, domingo 31 de marzo.

Los podrán visualizar su información prellenada mediante el siguiente enlace sat.gob.mx/personas/declaraciones

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¿Qué es la declaración anual impuestos?

Es un informe que los contribuyentes deben presentar anualmente para informar sobre sus ingresos, deducciones y retenciones. Sirve para registrar los ingresos por salario, realizar el cálculo del impuesto anual, presentar en ceros, pagar o solicitar el saldo a favor ante el SAT.

¿Cuándo deben presentar su declaración las personas físicas?

La Secretaría de Economía señala que en el ámbito fiscal se considera como personas físicas a aquellos que llevan a cabo cualquier actividad económica, como la venta, el comercio, el empleo, la profesión, entre otros. Estas personas tienen derechos y obligaciones ante el Gobierno de México.

Estas personas se caracterizan por lo siguiente:

  • Se identifican por su nombre.
  • Pueden contraer obligaciones al alcanzar la mayoría de edad o al comenzar a trabajar formalmente.
  • Poseen características exclusivas de un individuo, como un cuerpo material y estado civil.
  • Las personas físicas pueden tener la nacionalidad mexicana y otra adicional.
  • Algunos contribuyentes están obligados a presentar la declaración anual, mientras que para otros es opcional.

De acuerdo con el SAT, los contribuyentes están obligados a presentar su declaración anual aquellos que en el año fiscal hayan obtenido ingresos en las siguientes situaciones:

  • Trabajadores autónomos que facturen honorarios.
  • Personas que hayan percibido ingresos anuales superiores a 400 mil pesos.
  • Quienes hayan recibido ingresos de dos empleadores, incluso si no superan los 400 mil pesos.
  • Individuos que hayan obtenido ingresos por liquidación, indemnización laboral, pensión o jubilación.
  • Personas que reciban ingresos por alquiler de propiedades inmuebles.
  • Quienes hayan obtenido algún premio, como en la Lotería.

El Sistema de Administración Tributaria mencionó que las personas físicas podrán realizar su declaración del 1 hasta el 30 de abril del 2024.


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