El aguinaldo es una prestación obligatoria para todos los trabajadores en México, y su pago está regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Conocer los derechos y obligaciones que existen en torno al aguinaldo permite a los empleados exigir su pago completo y a tiempo.

Todos los tienen derecho al aguinaldo, sin importar su tipo de contrato o puesto. Esto incluye a los trabajadores de base, de confianza, de planta, sindicalizados, a los empleados contratados por obra, tiempo determinado o eventual.

El debe pagarse a más tardar el 20 de diciembre y debe equivaler a 15 días de salario como mínimo. Si el empleado no trabajó el año completo, le corresponde una parte proporcional de este.

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¿Cuáles son las formas de pago permitidas del aguinaldo?

La LFT establece que el aguinaldo debe pagarse en efectivo o mediante depósito bancario en moneda nacional. Es importante recalcar que el aguinaldo no puede pagarse en especie, ya sea en mercancías, vales o fichas.

Las únicas opciones de pago válidas son:

  • Depósito en cuenta bancaria.
  • Transferencia electrónica.
  • Tarjetas de débito.

En caso de que se utilicen medios electrónicos y exista cobro de comisión, estos deben ser cubiertos por el empleador.

¿Cuándo se pueden hacer descuentos en el pago del aguinaldo?

Otro aspecto a considerar son los descuentos, porque sí pueden existir. La ley permite ciertos descuentos en el aguinaldo, pero estos están limitados a anticipos del mismo aguinaldo o a pensiones alimenticias

Esto significa que el empleador no puede realizar descuentos adicionales al aguinaldo, asegurando que la cantidad recibida por el trabajador no se vea reducida por otros motivos.

Si un empleador no paga el aguinaldo, lo hace incompleto o lo entrega después de la fecha límite, puede enfrentar multas. Los patrones no pueden justificar el incumplimiento por problemas económicos o falta de utilidades, ya que el pago es una obligación ineludible.

¿Cómo reclamar el pago del aguinaldo?

Los trabajadores tienen un plazo de un año para exigir el pago de su aguinaldo ante las autoridades correspondientes. Si no se cumple con el pago, los empleados pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), que presentará la demanda ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

También está permitido acudir a la Profedet local, quien llevará el caso ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje. Todos los trámites ante la Profedet son gratuitos y también puedes hacer contacto vía telefónica, llamando desde cualquier punto de México al 800 911 7877 y al 800 717 2942, con un horario de atención de lunes a viernes de 08:00 a 20:00 horas.

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