En México, el término de una relación o contrato laboral de manera unilateral puede realizarse a través de un despido, que se clasifica como justificado o injustificado.
Hoy en DeDinero nos enfocaremos en el despido justificado, aquel que se efectúa de manera voluntaria por parte del empleador, pero que, según la ley, puede o no implicar la obligación de pagar una indemnización dependiendo de las causas específicas.
Exploraremos las circunstancias bajo las cuales el empleador no está obligado a compensar al empleado con indemnización, pago de prima vacacional, aguinaldo, ni otras prestaciones legales.
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El Artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo establece las causas por las que el patrón puede tomar la decisión de despedir a alguien y lo único que debe dar al trabajador es un documento que notifique esa rescisión.
Las razones pueden ser varias, como el mutuo consentimiento del patrón y del trabajador. También la muerte del trabajador, la terminación de la obra, contrato o tiempo determinado y la incapacidad física o mental del trabajador.
Cuando el trabajador engañe al patrón con certificados falsos y referencias de su capacidad, aptitudes o facultades, sólo se hace efectiva esta causa durante los primeros 30 días de estar trabajando.
Cuando el trabajador durante sus labores o fuera del servicio incurra en faltas de honradez, en actos de violencia o acciones que alteren la disciplina del lugar a menos que exista una provocación de por medio y obre en defensa propia.
Cuando el trabajador ocasione intencionalmente perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo.
Cuando el trabajador cometa actos inmorales en el lugar de trabajo o cuando el trabajador dé a conocer información de carácter reservado en perjuicio de la empresa.
Si el trabajador tiene más de tres faltas en un período de treinta días, sin permiso del patrón. Cuando el trabajador se niegue a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos para evitar accidentes o enfermedades.
Cuando el trabajador asista a sus labores en estado de embriaguez o drogado, a menos que exista prescripción médica.
Cuando el trabajador tenga una sentencia ejecutoriada que tenga pena de prisión, la cual le impida el cumplimiento en la relación de trabajo.
Toma nota y no caigas en esas prácticas antes mencionadas que lleven a tu patrón a tomar la decisión de despedirte sin pago alguno, porque incluso la ley lo establece y les da ese derecho a los patrones.