En el 2003 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó un acuerdo en el cual los clientes de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) podrán elaborar un convenio de pago conocido como pago amortiguado,
Se trata de reemplazar la facturación real por un pago calculado como el promedio de los pagos mensuales o bimestrales establecidos en función al recibo de los últimos 12 meses. A este valor se le añadirá la diferencia entre el monto de la facturación real y el monto del recibo del mismo período del año anterior.
Sin embargo, la CFE tiene ciertos aspectos a considerar para realizar este tipo de pago, los cuáles son:
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Se aplicará en las siguientes tarifas
Se requiere un convenio firmado con cada cliente, disponible para personas físicas o morales.
El periodo de aplicación será de un año (12 meses / 6 bimestres) y se renovará automáticamente a menos que el cliente lo solicite expresamente.
En el mes 12, se calculará el nuevo pago amortiguado y se informará al cliente en su Aviso Recibo el nuevo importe.
La opción de pagos amortiguados no incluye el pago ni el cobro de intereses.
Esta modalidad de pago es una opción que el cliente puede elegir para suavizar el impacto entre las facturaciones de verano e invierno.
Aquellas personas que omitan el pago del recibo de la CFE tendrán las siguientes consecuencias:
Recargos: La Comisión Federal de Electricidad aplicará un recargo al recibo de luz de 91 pesos más IVA para la tarifa doméstica, mientras que para las empresas y negocios deberán cubrir el costo de 181 pesos más IVA.
Corte del suministro de luz: La institución suspenderá el servicio eléctrico y el cliente deberá pagar la reconexión que tiene un costo de entre 58 y 98 pesos.
Buró de Crédito: El adeudo será reportado en el Buró de Crédito, lo que afectará el historial crediticio de los clientes.