Uno de los trámites que causa mayor temor entre los mexicanos es la declaración anual de impuestos, ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT). En este documento, las personas físicas como morales, deben detallar los ingresos, gastos, salarios , ganancias, y más actividades financieras, correspondientes al año fiscal anterior.
Aunque aún falta un poco de tiempo para que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones fiscales, de acuerdo con los motores de búsqueda de Google millones de mexicanos comienzan a investigar sobre este trámite fiscal.
Uno de los temas que causa mayor intriga entre la población mexicana es sobre si el SAT permite corregir una declaración anual ya presentada. Es por ello que en esta ocasión en DeDinero, te resolveremos esta duda, con el fin de que evites multas por inconsistencias fiscales.
¿Puedo corregir mi declaración anual si ya fue presentada?
De acuerdo con la Ley Federal de los Derechos de los Contribuyentes, en el artículo 2, en la fracción XIII, se explica que aquellas personas físicas y morales que hayan cometido un error en su ejercicio fiscal anual “tienen derecho a corregir su situación fiscal con motivo del ejercicio de las facultades de comprobación que lleven a cabo las autoridades fiscales”.
Esto quiere decir que, antes de que el SAT proceda con una auditoría en contra del contribuyente, este puede ofrecer documentos y comprobantes que permitan aclarar su situación fiscal. Esto con el fin de pagar la diferencia a cargo del contribuyente antes de que se emita la resolución o finalice el procedimiento.
Para poder corregir una declaración anual ya presentada, se deben seguir los siguientes pasos:
El contribuyente debe ingresar al portal web del SAT, el cual está disponible en el siguiente enlace sat.gob.mx/home. En este sitio se debe seleccionar el apartado de “trámites” y hacer clic en la sección de “declaraciones”.
Una vez dentro, se debe iniciar sesión introduciendo el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la contraseña; asimismo, se puede acceder ingresando la e.firma. Posteriormente hay que seleccionar un punto de “declaraciones complementarias”; dentro del menú que desglosa el sistema, hay que escoger el periodo fiscal de la declaración a corregir.
En la opción de “declaración complementaria”, hay que indicar el motivo de corrección; en este punto se debe elegir entre las siguientes opciones, dependiendo de la situación:
Modificación de obligaciones (para corrección de datos como ingresos,deducciones o retenciones)
Dejar sin efecto obligación (en caso de que la declaración fuese enviada con el concepto o periodo equivocado).
Posteriormente, el contribuyente podrá corregir los datos para generar una nueva línea de captura, para pagar el monto adicional. Por último, se deberá enviar la declaración al SAT para obtener un acuse de recibo.
Cabe mencionar que, en caso de que el contribuyente no haga la corrección de este ejercicio fiscal, se podrá hacer acreedor a una multa por inconsistencias fiscales, recargos en los impuestos omitidos, o posibles auditorías fiscales.