Las Administradoras de Fondo para el Retiro (Afore) son las instituciones encargadas de invertir y gestionar el ahorro de los trabajadores mexicanos para garantizar su disponibilidad en el futuro. Es por ello que es fundamental comprender a profundidad estas entidades, para asegurar una calidad de vida adecuada, ya sea mediante aportaciones regulares u otras alternativas.
Sin embargo, cuando los titulares de la cuenta fallecen, existe la posibilidad de que algún beneficiario pueda recuperar este capital. En DeDinero compartimos los pasos a seguir para que este fondo pueda obtenerse y no pase al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
¿Quiénes pueden rescatar el dinero de la Afore de mi familiar fallecido?
El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) explica que existen 2 tipos de beneficiarios que podrán disponer de los recursos acumulados de la cuenta del familiar fallecido, los cuales son:
Legales
- Viuda o viudo
- Hijos menores de 16 años o en caso de ser mayor de edad, deben comprobar que no pueden mantenerse solos o están estudiando.
- A falta de esposo o esposa, puede cobrarlo la concubina o el concubino.
- En caso de no contar con alguno de los beneficiarios anteriores, el capital puede ser obtenido por alguien que dependiera económicamente de él.
- Cabe mencionar que estos beneficiarios son determinados por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Sustitutos
- Si no se cuenta con un beneficiario legal, los recursos se entregarán al beneficiario sustituto.
- Será designado por el titular de la cuenta en la Afore.
- No forzosamente tiene que ser un familiar.
¿Cuál es el proceso para obtener los recursos del Afore de mi familiar fallecido?
El beneficiario legal debe acudir a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado (ISSSTE), para que estas instituciones emitan la resolución de pensión que corresponda.
En el caso de los sustitutos, deben acudir al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para que obtengan la resolución en la que se le reconozca como beneficiario.
Ambos agraciados deben acudir a alguna oficina de la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido, para poder llenar el formato de Disposición de Recurso que le proporcionará la administradora.
Además, los beneficiarios deberán presentar los siguientes documentos:
- Documento que tenga el Número de Seguridad Social (NSS) del titular de la cuenta emitido por el IMSS, Infonavit o Afore.
- Identificación oficial vigente.
- Acta de nacimiento.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular.
- Certificado de defunción.
- Comprobante de domicilio no mayor a tres meses.
- Estado de cuenta bancaria a nombre del beneficiario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE).
- Estado de cuenta, consulta o certificación de saldos de la Afore.
- Formato de designación de beneficiarios (solo aplica si el trabajador hizo Aportaciones Voluntarias a su cuenta Afore).
Una vez que se procese la solicitud y que se hayan entregado los documentos, la Administradoras de Fondo para el Retiro les brindará a los beneficiarios los recursos correspondientes al régimen pensionario en una sola exhibición.
¿Qué ha pasado con el Fondo de Pensiones para el Bienestar?
Esta iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) fue aprobada en el Senado de la República y será enviada al poder ejecutivo federal para que puedan ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y así pueda entrar en vigor.