Las Administradoras de Fondo para el Retiro (Afore) son las instituciones encargadas de invertir y gestionar el ahorro de los trabajadores mexicanos para garantizar su disponibilidad en el futuro. Es por ello que es fundamental comprender a profundidad estas entidades, para asegurar una calidad de vida adecuada, ya sea mediante aportaciones regulares u otras alternativas.
Sin embargo, cuando los titulares de la cuenta fallecen, existe la posibilidad de que algún beneficiario pueda recuperar este capital. En DeDinero compartimos los pasos a seguir para que este fondo pueda obtenerse y no pase al Fondo de Pensiones para el Bienestar.
El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) explica que existen 2 tipos de beneficiarios que podrán disponer de los recursos acumulados de la cuenta del familiar fallecido, los cuales son:
El beneficiario legal debe acudir a la Subdelegación del IMSS o de Prestaciones Económicas del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los trabajadores del Estado (ISSSTE), para que estas instituciones emitan la resolución de pensión que corresponda.
En el caso de los sustitutos, deben acudir al Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje para que obtengan la resolución en la que se le reconozca como beneficiario.
Ambos agraciados deben acudir a alguna oficina de la Afore en la que se encontraba registrado el trabajador fallecido, para poder llenar el formato de Disposición de Recurso que le proporcionará la administradora.
Además, los beneficiarios deberán presentar los siguientes documentos:
Una vez que se procese la solicitud y que se hayan entregado los documentos, la Administradoras de Fondo para el Retiro les brindará a los beneficiarios los recursos correspondientes al régimen pensionario en una sola exhibición.
Esta iniciativa del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) fue aprobada en el Senado de la República y será enviada al poder ejecutivo federal para que puedan ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y así pueda entrar en vigor.