Durante estos días se viralizó una publicación de "Fra, el hada de las vacantes", una usuaria de X (antes Twitter) que resaltó una situación común en México donde los empleadores no registran a sus trabajadores del hogar ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
El post incluye un gif del momento en que las cantantes Selena Gomez y Taylor Swift intercambiaron unas palabras durante la premiación de los Globos de Oro, aunque con un texto paródico que alude a esta situación laboral.
"Y entonces me dice mi jefe que no me puedo inscribir al imss porque tiene muchos gastos y que más que un trabajador soy su familia", escribió la popular usuaria de X, lo cual generó más de mil reacciones.
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Respecto a ello, el IMSS señala en su sitio web que todos los empleadores tienen la obligación de registrar a sus trabajadores o trabajadoras del hogar a dicho instituto, así como al Infonavit.
También explica que el trabajo doméstico tiende a ser realizado por un sector vulnerable de la población, por lo cual se implementa un régimen especial que busca garantizar su acceso a la seguridad social.
Las características principales de este régimen del IMSS incluyen registrar a la persona trabajadora desde el inicio de la relación laboral y cubrir a periodo vencido el primer mes de aseguramiento.
Cada mes subsecuente se cubrirá de forma anticipada, y los montos cubiertos por el empleador se calcularán de acuerdo con el salario diario y los días laborados por cada persona trabajadora del hogar.
Se puede realizar el aseguramiento por día, mes, bimestre, semestre o año, y cuando se lleva a cabo la inscripción también se realiza la del Infonavit, cuyas aportaciones se realizan con el mismo formato de pago.
Para registrar a una persona trabajadora del hogar ante el IMSS, hay que ingresar al sitio https://www.imss.gob.mx/personas-trabajadoras-hogar/ y presionar el botón de "Ingresa al trámite", donde la persona empleadora debe ingresar su propio CURP y correo electrónico.
Igualmente deberá proporcionar sus propios datos de contacto y domicilio, así como manifestar bajo protesta de decir verdad que la información introducida es verdadera; posteriormente, le solicitarán datos de la persona trabajadora.
Esto incluye su Número de Seguridad Social (NSS), el cual se puede generar en línea; un correo electrónico opcional, así como su domicilio, además de especificar si trabaja por mes o por día y cuál es su salario.
Finalmente se deben confirmar los datos y descargar el formato de incorporación para las Personas Trabajadoras del Hogar, además de que aparecerá la línea o líneas de captura para realizar los pagos correspondientes.
Adicionalmente, el IMSS informó que las cuotas correspondientes a personas trabajadoras del hogar pueden cubrirse en línea mediante una transferencia de cualquier entidad bancaria.
"Sólo se requiere una cuenta bancaria, transferir el monto exacto de las cuotas a pagar, indicar como referencia el Número de Seguridad Social de la persona trabajadora del hogar y remitir un correo electrónico con el comprobante de pago", agrega.