Además del reparto de utilidades (PTU), una de las prestaciones laborales más esperadas por millones de mexicanos en el año es el pago del aguinaldo. De acuerdo con la Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet), los patrones están obligados a pagar esta gratificación antes del 20 de diciembre, ya que, de lo contrario, se podrían hacerse acreedores a sanciones económicas que van desde los 5 mil 428.50 hasta los 542 mil 850 pesos.
De acuerdo con los motores de búsqueda de Google, durante esta temporada, una de las preguntas que más se realiza es sobre el monto que las empresas deben de otorgar como aguinaldo. Es por ello que en esta ocasión, en DeDinero, te diremos el monto que tu patrón debe pagarte, si tu sueldo es de 20 mil pesos, pero llevas laborando en tu actual trabajo tan solo 6 meses.
¿Cuánto me toca de aguinaldo si percibo un sueldo de 20 mil pesos?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que el pago de esta prestación anual debe ser como mínimo el equivalente a 15 días de salario, además de que aquellos trabajadores que no recibieron este pago en la fecha establecida tendrán un año para poder reclamarlo.
Para conocer la cantidad que el patrón pagará como aguinaldo, los empleados deben dividir su salario mensual entre dos, posteriormente la cantidad que haya salido se dividirá entre 365, para después el resultado se multiplique por los días laborados.
En este caso, si el trabajador goza de un salario mensual de 20 mil pesos, cada quincena percibe un sueldo de 10 mil pesos; este monto al dividirlo entre 365 se obtiene la cantidad de 27.397, la cual se multiplicará por 183 que son los días laborados contemplados que se comenzó a laborar desde junio, por lo que aproximadamente este trabajador estaría percibiendo un sueldo de 5 mil 13.65 pesos.
¿Qué trabajadores sí deben recibir aguinaldo?
De acuerdo con la Profedet, los empleados mexicanos que están obligados a percibir esta prestación anual son los siguientes:
- Trabajadores de base.
- Confianza.
- De planta.
- Sindicalizados.
- Por obra
- Por tiempo determinado.
- Por temporada.
- Por tiempo indeterminado, siempre y cuando esté sujeto a prueba o a capacitación inicial.
- Eventuales.
- Comisionistas.
- Agentes de comercio.
- Seguros.
Quienes no gozan de un pago de aguinaldo son aquellos mexicanos que se dedican al comercio informal, pues estos oficios no se rigen por la Ley Federal del Trabajo.