Durante la, ciertos empleados continúan laborando y asisten a sus lugares de trabajo como de costumbre. Dado que estos días son considerados festivos y vacacionales, ¿existe alguna remuneración adicional para aquellos que trabajan de manera normal en estos días?

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo () informa al respecto y menciona que la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 75, no contempla el jueves 28, viernes 29 y sábado 30 de marzo 2024 como días de descanso obligatorio.

Durante la Semana Santa, al no ser días oficiales de descanso, no se requiere un pago extra de manera obligatoria, y tu empresa no está obligada a concederte el jueves, viernes y sábado como días de descanso.

¿Cuánto te tienen que pagar si trabajas en Semana Santa? (Foto: DeDinero)
¿Cuánto te tienen que pagar si trabajas en Semana Santa? (Foto: DeDinero)

Solo podrás tomarte estos días si la empresa decide otorgarlos, pero esto no implica que recibirás un salario menor; serían días de descanso con goce de sueldo. Sin embargo, la decisión de conceder o no estos días libres recae en cada empleador.

Los días en que las empresas deben pagarte el salario diario más un salario doble por el servicio prestado por ser días festivos obligatorios, son:

  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • 5 de febrero: Aniversario de la promulgación de la Constitución de 1917.
  • 18 de marzo: Natalicio de Benito Juárez.
  • 1 de mayo: Día del Trabajo.
  • 2 de junio: Jornada electoral.
  • 16 de septiembre: Aniversario de la Independencia de México.
  • 1 de octubre: Transición del Poder Ejecutivo Federal (cada seis años).
  • 18 de noviembre: Aniversario de la Revolución Mexicana.
  • 25 de diciembre: Navidad.

¿Qué pasa si tomas vacaciones en Semana Santa?

Si se da el caso de que tomaste vacaciones durante esta temporada, la situación cambia ya que los trabajadores tienen derecho a un período de vacaciones pagadas, que la ley contempla que no debe ser inferior a doce días.

El artículo 81 de la Ley Federal del Trabajo detalla que durante el periodo de vacaciones el patrón deberá cubrir el salario ordinario percibido por las personas trabajadoras.

También se otorgará una prima vacacional no menor al 25 por ciento sobre el salario que corresponde durante el periodo de vacaciones.

Tener vacaciones no significa que no van a pagarte los días libres, al contrario, la empresa debe pagar el salario íntegro de cada día contemplado como de vacaciones y un 25 por ciento más.

Dependiendo de los años que llevas colaborando en la misma empresa, son los días que tienes derecho de vacaciones:

  • Año 1: 12 días
  • Año 2: 14 días
  • Año 3: 16 días
  • Año 4: 18 días
  • Año 5: 20 días
  • De 6 a 10 años: 22 días
  • De 11 a 15 años: 24 días
  • De 16 a 20 años: 26 días
  • De 21 a 25 años: 28 días
  • De 26 a 30 años: 30 días
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