Como hemos mencionado en otras ocasiones, en México existen algunas entidades financieras encargadas de gestionar e invertir los fondos de los trabajadores con el fin de que estos puedan disponer de estos recursos en el futuro. Estas instituciones son conocidas como Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore).
Hace unos días, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar), mediante su cuenta de X, dio a conocer los requisitos para que los trabajadores afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) pudiesen retirar los fondos que tienen en su cuenta individual.
Sin embargo, cientos de mexicanos afiliados al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) se preguntan si también ellos pueden disponer de estos recursos.
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La respuesta es que sí, también los derechohabientes de esta entidad de seguridad social pueden obtener este beneficio, y en DeDinero compartimos los requisitos para este proceso.
La Consar menciona que, para obtener el dinero que fue destinado a la Afore, el trabajador puede disponer de sus recursos económicos de su cuenta individual, ya sea para financiar su pensión o para que pueda retirarlo en una sola exhibición.
Para ello es necesario que este tenga de 60 a 65 años de edad; además, debe conocer a qué instituto de seguridad social estuvo cotizando. Los derechohabientes del ISSSTE deben seguir los siguientes pasos:
Antes de comenzar con el proceso, deben conocer bajo qué régimen decidieron pensionarse.
Es la modalidad que escogieron los trabajadores antes de que entrara en vigor la Ley del ISSSTE 2007. Bajo este esquema existen 3 modalidades de pensión, las cuales son las siguientes:
Para que el derechohabiente del ISSSTE pueda disponer de los recursos de su cuenta individual de Afore en cualquiera de las tres modalidades de pensión, se debe realizar el siguiente procedimiento:
El primer paso es acudir al Departamento de Pensiones de la Delegación ISSSTE que le corresponda al beneficiario. En este recinto se le brindará el Documento de Aceptación de Datos, en el cual hay que verificar que los datos están correctos, y la Solicitud de Concesión de Pensión; en caso de que todo esté bien, hay que firmarlo.
En el caso de que haya una inconsistencia en los datos, se deberá acudir a la ventanilla de afiliación y vigencia del ISSSTE para actualizarlos. Una vez que los datos estén correctos, hay que acudir a la Afore, quien entregará el formato de solicitud de disposición de recursos, el cual se deberá llenar y firmar. Además, hay que entregar los siguientes documentos en original y copia junto con la Concesión de Pensión.
Una vez que la administradora haya ingresado la solicitud de retiro, los recursos se entregarán al derechohabiente en un plazo máximo de 30 días hábiles.
Al igual que en el décimo transitorio, en esta modalidad existen tres tipos de pensiones las cuales son las siguientes:
Para obtener cualquiera de los tres tipos de pensiones, el beneficiario debe seguir los siguientes pasos:
Se debe acudir a la delegación del ISSSTE que le corresponda y presentar los documentos ya antes mencionados. Una vez que se cumpla con los requisitos documentales, el ISSSTE emitirá la Negativa de pensión. Cuando el ISSSTE otorgue la resolución de improcedencia, se deberá acudir al Afore para que esta se entregue en una sola exhibición los siguientes recursos:
Es importante recordar que el régimen de pensión que determina los recursos de la cuenta individual que el trabajador tiene derecho a retirar se puede conocer en la resolución de pensión que el ISSSTE haya emitido.