A través de un comunicado de prensa que publicó en X, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que, a manera de apoyo, los contribuyentes cuyo domicilio fiscal, agencia, sucursal o establecimiento se encuentre dentro de los municipios de Acapulco de Juárez o Coyuca de Benítez, en el estado de Guerrero, no pagarán hasta febrero del 2024.

Estas personas estarán exentas del impuesto al valor agregado (IVA) así como del sobre la renta (ISR), como parte de las acciones del SAT para contribuir a la normalización de la actividad económica en las zonas afectadas por el paso del huracán Otis.

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Es por eso que se realizará una deducción inmediata al 100 por ciento de las inversiones en activos nuevos o usados que se hayan adquirido de octubre a diciembre de 2023.

De acuerdo con la misma fuente, los donativos que reciban los afectados no estarán sujetos al pago de impuestos

También se brindará atención prioritaria a personas interesadas en constituir donatarias autorizadas, además de las facilidades para realizar importaciones de productos de primera necesidad.

El Servicio de Administración Tributaria informó que desde el pasado 13 de noviembre se reanudó la atención a personas en sus oficinas con sede en Acapulco.

El horario de servicio de los despachos del SAT es de 9:00 a 13:00 horas de lunes a viernes, en los cuales se pueden realizar trámites como:

  • Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
  • Generación, renovación o revocación del certificado de la e.firma.
  • Facilidad para la emisión de la Cédula de Identificación Fiscal y Constancia de Situación Fiscal.
Este es el post del SAT (Foto: Redes Sociales)
Este es el post del SAT (Foto: Redes Sociales)

Así mismo, la autoridad tributaria otorga las siguientes facilidades a los empleadores de Acapulco y Coyuca de Benítez para reactivar la planta productiva y la preservación de la fuente de empleo:

  • Inscripción del personal en el RFC de forma masiva y con pocos requisitos.
  • Las personas físicas que soliciten datos en el RFC para realizar el timbrado del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) con complemento de nómina, quedarán exentos de cumplir con el requisito, siempre y cuando se haya efectuado el pago en los últimos doce meses.
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