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Informe de Vivienda CDMX: El nuevo trámite obligatorio que podría costarte una multa

Las autoridades capitalinas aún no mencionan la información que deberá contener este documento

Nuevo requisito en CDMX: ¿Cómo evitar una multa a causa de tu propiedad? (Foto: Redes sociales)
20/02/2025 |13:43
Daniel Fitta
PeriodistaVer perfil

¿Sabías que si cuentas con una propiedad en la Ciudad de México, a partir de este año debes presentar tu ? Si la respuesta es negativa, pues debes tomar en cuenta esto, ya que en caso de no presentarla antes del 30 de junio podrías hacerte acreedor a una multa.

Es por ello que en esta ocasión en , te compartimos en qué consiste el Informe de Vivienda y cómo puedes evitar la sanción económica.

¿Qué es el Informe de Vivienda?

De acuerdo con la información que se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, es un nuevo trámite dirigido a los propietarios de algún inmueble en la capital del país, cuyo valor supere los 4.5 millones de pesos.

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“Deberán presentar una declaración informativa ante la Secretaría respecto del estado que guardan los inmuebles destinados a uso habitacional, cuya propiedad o posesión actualice el pago del referido gravamen respecto a su ocupación”. Es un extracto de lo mencionado en la versión más reciente del Código Fiscal de la CDMX.

Hasta el momento, las autoridades capitalinas no han especificado la información que este documento debe contener; sin embargo, el diputado del Partido Acción Nacional (PAN) Diego Garrido mencionó que, con esta modificación al Código Fiscal, los propietarios deben informar si su vivienda está habitada, desocupada, si se renta, quiénes viven en dicho inmueble, si es habitado por algún familiar o cualquier información que lleguen a pedir.

¿Habrá multa por no presentar el Informe de Vivienda de la CDMX?

Si bien en la información de la Gaceta Oficial no se menciona alguna sanción económica por no presentar este documento, de acuerdo con Garrido, los capitalinos que no comprueben el estatus de la vivienda podrán hacerse acreedores a una multa que iría desde los 4 mil hasta los 10 mil pesos.

Es importante destacar que este requisito solo aplicará para las viviendas que pertenezcan a los rangos L, M, N, O y P de la tabla establecida en el artículo 130, fracción 1 del Código Fiscal de la CDMX.

Este nuevo trámite capitalino deberá ser presentado ante la Secretaría de Administración y Finanzas, organismo encargado de recibir las declaraciones sobre la situación de los inmuebles y su situación actual.