A través de sus redes sociales, el Fondo de la Vivienda del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Fovissste) invita a todos su derecho habiente a solicitar un crédito hipotecario sin la necesidad de participar en el tradicional sorteo.
Este beneficio se pudo obtener, gracias a la Reforma a la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) en la cual, desde el año pasado se eliminó la convocatoria anual para solicitar un crédito, por lo que los empleados incorporados a esta institución podrán solicitar esta prestación económica en cualquier día del año.
Así mismo, el vocal ejecutivo del Fovissste, César Buenrostro Moreno, mencionó que en este 2024 se elevó el monto máximo de crédito hasta dos millones 69 mil pesos. Por otro lado, comentó que en el 2023 se otorgaron 16 mil 907 créditos para adquirir una vivienda usada, 15 mil 20 créditos para una vivienda nueva y 309 créditos destinados a la construcción.
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Para poder solicitar esta prestación económica, se deben cumplir una serie de requisitos los cuales son:
Ser trabajador del Estado en servicio activo
Tener como mínimo 18 meses de cotización al Fovissste
Ser mayor de 25 años y menor a 70 años
No encontrarse en proceso de dictamen para el otorgamiento de pensión temporal o definitiva por invalidez o incapacidad total, parcial o temporal; o en proceso de retiro voluntario conforme a la Ley
Requerir una solicitud de crédito en los Bancos participantes para originar este crédito hipotecario
Si se cumplen con cada uno de los puntos mencionados, los trabajadores pueden realizar su proceso de inscripción en el portal web del Fovissste /inscripcion.fovissste.gob.mx/Inscripcion/, en el cual deberán ingresar su Clave Única de Registro de Población (CURP) y un correo electrónico. 72 horas después de que se haya hecho la solicitud, se debe acudir a alguna de las entidades financieras pertenecientes a la Sociedad Financiera de Objeto Múltiple (SOFOM).
Cabe mencionar que el Fovissste apoya a los beneficiarios con el 50 por ciento de los gastos notariales que se generen por el Contrato de Mutuo (préstamo del dinero), así como el 50 por ciento de los gastos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad.
Sin embargo, hay que considerar que los empleados deben cubrir los gastos adicionales por concepto del avalúo y derechos por inscripción en el Registro Público de la Propiedad.