Además del aguinaldo, millones de trabajadores mexicanos pueden gozar de otra prestación laboral al año. Según la Ley Federal del Trabajo (LFT) durante los meses de abril y mayo, todas las empresas deben realizar el reparto de utilidades a sus empleados.
El artículo 123 de la LFT explica que todos los empleados mexicanos tienen derecho a recibir utilidades, a excepción de directores, administradores, gerentes generales, socios, trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año anterior correspondiente y prestadores de servicios profesionales.
¿Qué es el reparto de utilidades?
Mediante su portal web, la Procuraduría de la Defensa del Trabajado de la Ciudad de México (Profedet), menciona que las utilidades son el derecho constitucional del trabajador a recibir una participación en las ganancias que una empresa o empleador haya obtenido por su actividad productiva o los servicios que se hayan ofrecido en el mercado durante el año anterior.
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El Sistema de Administración Tributaria (SAT) indica que la cantidad que el empleado recibirá en la distribución de utilidades está determinada por la cantidad de días trabajados en el año y el total de salarios percibidos en ese periodo.
¿Cuál es la fecha límite del reparto de utilidades?
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social de la CDMX comentó que las fechas para otorgar el reparto de utilidades son las siguientes:
Las personas morales (empresas) tienen la obligación de hacer llegar esta prestación a sus empleados a partir del primer día hábil de abril y el último hábil de mayo.
Es decir que las empresas debieron comenzar a hacer el reparto a partir del pasado lunes 1 de abril y tendrán hasta el viernes 31 de mayo.
Las personas físicas tienen, a partir del primer día hábil de mayo, hasta el último hábil de junio, para entregar el pago de las utilidades. Es decir que este año las fechas indicadas para hacer el reparto son a partir del próximo jueves 2 de mayo hasta el viernes 28 de junio.
¿En dónde puedo quejarme si no recibo mis utilidades?
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo informa que los empleados en México tienen un plazo de un año para reclamar el pago correspondiente a utilidades.
Aquellas empresas y empleadores que no cumplan con el reparto de utilidades en tiempo y forma pueden ser sancionados con multas que van desde 250 hasta 5 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), lo que equivale a una infracción que va desde 27 mil 142.5 hasta 54 mil 850 pesos.
Además, la Profedet ofrece orientación gratuita a través de los teléfonos 800 71 72 942 y 800 91 17 877, o de manera presencial en cualquiera de sus 48 oficinas en todo México, las cuales se pueden encontrar en su portal web profedet.gob.mx/profedet.