En nuestro país, el sistema de bienestar social ofrece diversas prestaciones a sus ciudadanos, siendo una de ellas el Pago de Marcha, un beneficio económico importante para muchas familias.

En esta oportunidad, en te compartimos una guía completa y detallada sobre qué es el Pago de Marcha, a quién está dirigido, cómo se puede acceder a él y qué pasos seguir en caso de fallecimiento de un pensionado.

¿Qué es el Pago de Marcha?

El Pago de Marcha es un apoyo económico otorgado por el gobierno mexicano a través de la Secretaría de Bienestar; está destinado a los deudos de aquellos derechohabientes fallecidos que formaban parte de los .

El objetivo principal de este pago es ofrecer un apoyo financiero para cubrir los gastos inmediatos que surgen tras el fallecimiento de un pensionado.

Para ser beneficiario del Pago de Marcha, es necesario cumplir con ciertos criterios establecidos por la Secretaría de Bienestar. Los principales beneficiarios son los familiares o representantes de los derechohabientes fallecidos de los programas de pensión para adultos mayores y personas con discapacidad permanente.

El proceso de solicitud para recibir el Pago de Marcha implica una serie de pasos que deben ser seguidos cuidadosamente: en primer lugar, es fundamental que el fallecimiento del pensionado sea notificado de manera inmediata a la Secretaría de Bienestar.

Dicha notificación puede realizarse a través de la Línea de Bienestar, 800 900 2000, en un horario de atención de lunes a viernes de 9:00 AM a 6:00 PM

Una vez notificado el fallecimiento, se debe presentar la documentación requerida, que incluye una copia del acta de defunción y la identificación oficial del solicitante. Es vital destacar que el representante o adulto auxiliar registrado en el programa es quien tiene derecho a recibir el pago, siempre y cuando no haya recibido ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento del beneficiario.

Por lo anterior, es importante que desde la inscripción al programa del bienestar, el adulto mayor o persona con discapacidad designe a un representante o adulto auxiliar, pues esta persona será la encargada de realizar los trámites necesarios en caso de fallecimiento.

En el caso de personas con discapacidad, la designación debe ser realizada por sus padres o tutores legales.

La Secretaría de Bienestar tiene estrictas reglas para evitar fraudes y mal uso de estos beneficios, y en caso de que se detecte que alguien está cobrando el beneficio en nombre de una persona fallecida, se procederá a dar de baja del padrón a esa persona y se considerará como un delito.

Ahora ya sabes que el Pago de Marcha es una ayuda económica para las familias en momentos de pérdida y dificultad.

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