De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), las empresas en México deben cumplir con la entrega del reparto de utilidades () correspondiente al ejercicio fiscal anterior. Asimismo, la ley establece que las empresas que no realicen esta distribución en tiempo y forma se podrán hacer acreedores a sanciones y multas.

Sin embargo, no todos los trabajadores en México pueden gozar de las PTU, y en esta ocasión en , explicamos por qué no todos los empleados mexicanos han podido cobrar las utilidades.

¿Por qué no me pagaron las utilidades?

La Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet) y la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) son el derecho de los empleados a recibir un porcentaje de las ganancias que una empresa o empleados han obtenido por el trabajo o los servicios que han prestado en el mercado durante el año fiscal anterior, que en este caso son los ingresos obtenidos durante el 2025.

En el artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo se manifiesta que los empleados permanentes, temporales y aquellos que laboraron en el año fiscal anterior tienen derecho a recibir esta prestación laboral.

Sin embargo, existen algunos empleados que tienen este derecho, por lo que los patrones no tienen la obligación de brindarles este beneficio:

  • Trabajadores domésticos.
  • Directores.
  • Administrativos.
  • Gerentes generales.
  • Socios.
  • Accionistas de empresas.
  • Profesionistas.
  • Técnicos.

Y aquellos empleados que laboran bajo un esquema de honorarios sin estar subordinados a una relación laboral, así como aquellos trabajadores que laboran en una empresa que no se rija bajo la LFT.

Esto también se aplica para los empleados que laboran en una empresa recién establecida, por lo que, al ser su primer año de operación, aún no cuentan con utilidades.

Asimismo, si el trabajador acaba de ingresar a la empresa, este no tiene derecho a recibir esta prestación.

¿Cuál es el plazo máximo para el pago de las utilidades?

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), los empleados de una empresa tienen hasta el próximo 30 de mayo para recibir sus utilidades, mientras que aquellos que trabajan para un patrón directamente tienen para obtener esta prestación hasta el próximo 29 de junio.

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