Está por terminar mayo y con ello el plazo que tienen las empresas mexicanas para entregar la cuota correspondiente a la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU).

Otorgar la , al igual que dar de alta a los trabajadores en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), es un derecho laboral instaurado en el artículo 117 de la Ley Federal del Trabajo.

Según la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (), la PTU es el derecho que tienen los empleados a recibir un porcentaje de las ganancias que una empresa o empleador ha obtenido por el trabajo o los servicios que han prestado en el mercado durante el año anterior.

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El porcentaje para repartir por parte de las empresas es al menos el 10 por ciento de sus utilidades netas anuales.

Incluso la ley específica quienes sí y quienes no pueden ser partícipes de esta obligación laboral. El artículo 123 de la Ley Federal del Trabajo, establece que los empleados permanentes, temporales y aquellos que trabajaron el año fiscal anterior tienen el derecho.

Sin embargo, no todos los trabajadores pueden acceder a estas prestaciones según la ley, como es el caso de los trabajadores domésticos, directores, administradores, gerentes generales, socios y accionistas de empresas, profesionistas técnicos y aquellos que trabajan bajo un esquema de honorarios sin estar subordinados a una relación laboral.

¿Qué pasa si no se hace el pago de las utilidades?

Según la Profedet, si las empresas no pagan la Participación de los Trabajadores en las Utilidades en las fechas establecidas, podrían recibir una multa que va desde 27 mil 142.5 pesos hasta los 542 mil 850 pesos.

Además, la Profedet señala que los empleados tienen un año para reclamar el pago correspondiente a la PTU.

Si la empresa no realizó el reparto a tiempo o no lo hizo de forma correcta, los trabajadores pueden presentar una reclamación ante la Profedet dentro del año siguiente al 31 de mayo, fecha límite para el pago.

Recuerda que esta fecha máxima es para empresas establecidas como personas morales porque las que están registradas como personas físicas su plazo vence el 30 de junio.

Ante cualquier duda sobre el reparto de utilidades, la Profedet ofrece asesoría gratuita a través de sus líneas telefónicas 800 71 72 942 y 800 91 17 877, así como en sus 48 oficinas en toda la República Mexicana y en su página web, profedet.gob.mx/profedet.



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