En , la facturación electrónica es un requisito para garantizar la transparencia en las transacciones comerciales y el cumplimiento de las obligaciones fiscales ante el SAT. Pero, ¿qué personas o empresas están obligadas a emitir facturas?

Esta es una duda frecuente entre emprendedores, autónomos y empresarios que desean operar dentro del marco legal y evitar problemas con el (SAT).

A continuación, te explicamos quiénes deben facturar, las excepciones a la regla y las implicaciones legales según la normativa vigente.

Descubre quiénes están obligados a emitir facturas en México (Foto: DeDinero)
Descubre quiénes están obligados a emitir facturas en México (Foto: DeDinero)

Quién tiene la obligación de facturar en México

De acuerdo con la información publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF), todas las personas físicas y morales que tengan actividades económicas y perciban ingresos están obligadas a emitir facturas electrónicas, conocidas como Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI).

Esta obligación aplica para:

  • Empresas de todos los tamaños y sectores económicos.
  • Profesionistas independientes como abogados, contadores, diseñadores, programadores, consultores.
  • Comerciantes, tanto en establecimientos físicos como en ventas en línea.
  • Arrendadores de bienes inmuebles que reciben ingresos por rentas.
  • Prestadores de servicios de cualquier índole, incluyendo médicos, ingenieros y arquitectos.
  • Personas con actividades empresariales o comerciales, como dueños de restaurantes, tiendas y distribuidores.

La emisión de facturas permite que los ingresos sean registrados oficialmente ante el SAT, lo que contribuye al control fiscal y al cumplimiento de las obligaciones tributarias.

¿Cuándo no se está obligado a facturar?

Si bien la regla general es que cualquier persona o empresa que realice una actividad económica debe emitir facturas, existen algunas excepciones:

Ventas al público en general

Cuando una empresa o negocio vende productos o servicios a consumidores finales y estos no solicitan factura, se puede generar un comprobante global en lugar de emitir una factura individual.

Donaciones y apoyos gubernamentales

Los recursos recibidos por asociaciones civiles sin fines de lucro en forma de donaciones pueden estar exentos de la obligación de facturar en ciertos casos.

Es importante consultar con un contador o revisar las disposiciones actualizadas del SAT para determinar si una actividad específica está sujeta a la emisión de facturas.

¿Cuáles son las consecuencias por no facturar?

El incumplimiento de la obligación de facturar puede traer consecuencias fiscales y legales graves, entre ellas:

De acuerdo con el Código Fiscal de la Federación, la omisión en la emisión de facturas puede generar multas que oscilan entre los $15,000 y $93,000 pesos.

Los contribuyentes que no emiten facturas pueden perder la posibilidad de deducir ciertos gastos y pagar impuestos más altos.

La falta de facturación puede derivar en revisiones por parte del SAT, lo que podría resultar en ajustes fiscales y sanciones adicionales.

¿Cómo generar una factura electrónica?

Para emitir facturas electrónicas en México, es necesario contar con un Registro Federal de Contribuyentes (RFC) activo y seguir estos pasos:

  1. Obtener la Firma Electrónica (e.firma): Este es un requisito indispensable para operar en el sistema fiscal.
  2. Solicitar un Certificado de Sello Digital (CSD): Se requiere para validar las facturas ante el SAT.
  3. Usar un proveedor autorizado de certificación (PAC): Estos proveedores validan y certifican los CFDI antes de enviarlos al SAT.
  4. Generar la factura en la plataforma del SAT o en un sistema de facturación autorizado.
  5. Entregar la factura al cliente y resguardar una copia para efectos fiscales.

La facturación electrónica es una obligación fundamental para quienes tengan actividades económicas en México. Aunque existen algunas excepciones, es crucial revisar la normativa vigente y contar con asesoría fiscal para asegurarse de cumplir con las obligaciones establecidas por el SAT.

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