La Reforma en Materia de Pensiones 2024 en México marcó un cambio considerable en el sistema de seguridad social, buscando garantizar pensiones más justas y dignas para los trabajadores afiliados al IMSS y al ISSSTE.
Debido a que he visto varias noticias falsas y rumores que hablan de un supuesto y radical cambio en las pensiones que solo confunden a las personas mayores, me di a la tarea de resumirte la información oficial publicada por el Gobierno de México y en el Diario Oficial de la Federación.
¿Qué cambios hay en las pensiones en 2024?
Uno de los pilares principales de la Reforma en Materia de Pensiones 2024 en México es la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, cuyo propósito es complementar las pensiones de los trabajadores que perciban hasta el salario promedio registrado en el IMSS (aproximadamente $16,777.68 pesos mensuales).
Este fondo asegura que los trabajadores reciban una pensión equivalente al 100% de su último salario.
Por ejemplo, un trabajador con un salario mensual de $10,000 pesos, que anteriormente recibiría una pensión de $6,000 pesos, ahora recibirá la totalidad de su salario como pensión.
Financiamiento del Fondo de Pensiones para el Bienestar
El Fondo de Pensiones para el Bienestar se financia a través de múltiples fuentes, garantizando su sostenibilidad:
- Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (INDEP): Se asigna el 75% de los ingresos generados por bienes incautados.
- Liquidación de la Financiera Nacional de Desarrollo: Los recursos derivados de su extinción se destinan al fondo.
- Adeudos al SAT e ISSSTE: Pagos pendientes por parte de entes públicos refuerzan los ingresos del fondo.
- Cuentas inactivas en AFORES: Recursos no reclamados se integran al fondo, asegurando su disponibilidad para los trabajadores o sus beneficiarios.
Protección de cuentas inactivas en AFORES
La reforma establece que los recursos de las cuentas individuales en las AFORES no reclamadas serán transferidos al Fondo de Pensiones para el Bienestar, bajo la condición de imprescriptibilidad.
Esto significa que los trabajadores o sus beneficiarios podrán reclamarlos en cualquier momento, garantizando la seguridad de los ahorros; nada de que “el gobierno se va a quedar el dinero”, eso es FALSO.
Ampliación de derechos constitucionales
El artículo 123 de la Constitución fue reformado para incluir el derecho de todos los trabajadores a recibir una pensión justa por vejez, equivalente al promedio del salario del último año de cotización.
Esta enmienda refuerza el compromiso del Estado mexicano con el bienestar de los trabajadores en su etapa de retiro.
Implementación y alcance
La reforma beneficia a los trabajadores afiliados al IMSS e ISSSTE que perciban salarios iguales o menores al promedio registrado en el IMSS y que se pensionen a partir de la entrada en vigor de esta ley (1 de julio 2024).
Su objetivo es garantizar una jubilación digna y justa, reconociendo la contribución de estos trabajadores al desarrollo del país.
Recuerda que en México, la edad mínima para acceder a una pensión por Cesantía en Edad Avanzada es de 60 años, y para la pensión por Vejez, de 65 años. Estos parámetros se han mantenido constantes en las reformas recientes al sistema de pensiones.
Sin embargo, se han implementado cambios en otros requisitos, como las semanas de cotización necesarias para obtener una pensión.
Recuerda: Esta reforma no modificó las edades de jubilación, manteniéndose en 60 años para la Cesantía en Edad Avanzada y 65 años para la Vejez.
¿Qué pasa con la Pensión del Bienestar?
La Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores es un programa del Gobierno de México que proporciona apoyo económico bimestral de 6 mil pesos a personas de 65 años o más, con el objetivo de mejorar su calidad de vida y garantizar su acceso a la protección social.
Requisitos para acceder a la Pensión Bienestar:
- Edad: Tener 65 años cumplidos o más.
- Identificación oficial vigente: Credencial para votar, pasaporte, credencial del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores (INAPAM) u otra identificación con fotografía expedida por una autoridad competente.
- Acta de nacimiento legible.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Comprobante de domicilio reciente: No mayor a seis meses, como recibos de luz, agua, teléfono o predial.
- Teléfono de contacto: Número de celular y/o de casa.
El registro para la Pensión del Bienestar se realiza en los Módulos de Bienestar establecidos en todo el país. Para ubicar el módulo más cercano, se puede consultar el sitio oficial del programa: https://ubicatumodulo.bienestar.gob.mx/
Es importante mencionar que, aunque la edad mínima para acceder a esta pensión es de 65 años, recientemente se han implementado programas adicionales para apoyar a sectores específicos de la población:
Pensión Mujeres Bienestar
A partir de enero de 2025, se otorgará un apoyo económico bimestral de 3,000 pesos a mujeres de 60 a 64 años, con especial atención a aquellas de comunidades indígenas y afromexicanas.
El registro para este programa se llevó a cabo del 7 de octubre al 30 de noviembre.
Pensión Bienestar para hombres de 60 a 64 años
En la Ciudad de México, se anunció la implementación de un programa similar para hombres en este rango de edad, con un apoyo bimestral de 3,100 pesos. Se espera que este programa inicie en 2025, con registros programados cada dos meses.
A través del Fondo de Pensiones para el Bienestar y programas como la Pensión del Bienestar, la actual presidenta Claudia Sheinbaum, como en su momento lo hizo su antecesor Andrés Manuel López Obrador, busca cerrar brechas de desigualdad y ofrecer un retiro digno a las personas mayores.