Si durante el año tuviste que ausentarte del trabajo por alguna incapacidad y tienes dudas sobre cuánto te toca de pago de aguinaldo, conoce en DeDinero cómo se calcula este y cuándo se debe entregar.
El aguinaldo es una prestación obligatoria para todos los trabajadores en México, establecida en la Ley Federal del Trabajo (LFT) desde 1970. Este pago se entrega a más tardar el 20 de diciembre y equivale al menos a 15 días de salario.
Según el artículo 87 de la LFT, todos los trabajadores tienen derecho a recibir aguinaldo. Esto incluye a los trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados, empleados contratados por obra, o por tiempo determinado. Es para cualquier persona regida por la LFT.
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Quienes no tienen derecho a aguinaldo son los trabajadores contratados por honorarios, salvo que exista una relación de subordinación, se cubra un horario fijo, se reciban instrucciones de un superior y se trabaje en un lugar determinado de la empresa.
La Ley Federal del Trabajo establece que, en algunos casos, las incapacidades no disminuyen el derecho al aguinaldo. Estas incluyen:
Existen circunstancias específicas en las que el empleador puede realizar un descuento al aguinaldo. Estas contemplan si el trabajador solicitó parte de su aguinaldo antes de la fecha oficial de entrega.
También si la incapacidad es por una enfermedad o accidente que no esté relacionado con el trabajo y supera los días de descanso permitidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Incluso el descuento se puede dar si el trabajador es detenido, el empleador podría descontar el tiempo no laborado, excepto si la prisión fue en favor de los intereses del empleador.
Esas son todas las razones establecidas por la Ley, porque hasta los trabajadores temporales o eventuales tienen derecho a recibir una parte proporcional del aguinaldo por el tiempo laborado.
Estas medidas aseguran que todos los trabajadores reciban un beneficio correspondiente al periodo trabajado durante el año.
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) hace énfasis en que el aguinaldo es un derecho irrenunciable. El empleador no puede argumentar problemas económicos o falta de utilidades para no pagarlo, reducirlo o cambiarlo por otro tipo de prestación.
Quienes laboraron menos de un año en la empresa también tienen derecho a recibir una parte proporcional de aguinaldo por el tiempo trabajado. Esto aplica independientemente de si el trabajador cambió de empleo o terminó la relación laboral antes del fin de año.
Para calcular el aguinaldo proporcional, se pueden dividir los 15 días de aguinaldo entre los 365 días del año, y luego multiplicar el resultado por los días trabajados.
Por ejemplo, si se trabajaron 280 días, el cálculo sería: 15 días de aguinaldo entre 365 días del año dan un resultado de 0.041 días. Después, esos 0.041 se multiplican por los 280 días trabajados y se obtiene que el empleador debe dar 11.48 días de aguinaldo.