México cuenta con una gran diversidad cultural que se manifiesta en una amplia variedad de festividades, las cuales representan su historia, tradiciones y creencias profundamente arraigadas.

Aunque los son momentos de celebración, también representan periodos de descanso para millones de trabajadores mexicanos. No obstante, en algunos sectores laborales, los empleados no pueden disfrutar de estos días de asueto, pero sí reciben una remuneración económica conforme a lo que indica la ley.

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (), a través de su cuenta de X, recordó a todos los trabajadores que tuvieron que acudir a laborar ayer, 16 de septiembre, que en su próxima quincena se debe ver reflejado el salario extra.

¿Cuánto me deben pagar por haber ido a trabajar el 16 de septiembre?

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los empleados deben trabajar 6 días a la semana y tener un día de descanso, lo cual se aplica principalmente al sector público. En la mayoría de las empresas privadas se otorgan dos días de descanso a la semana.

Si los trabajadores laboran en sus días de descanso, el artículo 71 establece que tendrán derecho a recibir un 25 por ciento adicional como prima.

De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, además del salario correspondiente al descanso, se debe pagar el doble del salario por el trabajo realizado en días feriados obligatorios.

Asimismo, la LFT menciona que esta remuneración económica se debe otorgar en el siguiente periodo de pago correspondiente, y debe hacerse en moneda legal (pesos mexicanos).

Pago doble. (Foto: DeDinero)
Pago doble. (Foto: DeDinero)

¿Qué debo hacer si no me pagan mi salario doble?

De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo, los empleadores que se nieguen a pagar lo que legamente les corresponde a sus trabajadores pueden presentar una reclamación ante la Profedet. Esta entidad gubernamental ofrecerá al afectado asesoría, conciliación y representación en el asunto laboral.

Para poder estar en obtener el apoyo gratuito de la Profedet, se puede marcar al 800 911 7877 o enviando un correo electrónico a orientacionprofedet@stps.gob.mx.

¿Qué días festivos faltan por celebrarse?

  • 1 de octubre - Transición de Poder Ejecutivo Federal.
  • 18 de noviembre-Conmemoración de la Revolución Mexicana.
  • 25 de diciembre - Navidad.



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