El próximo 1 de octubre, millones de trabajadores mexicanos se verán beneficiados con un nuevo día de descanso obligatorio, pues el siguiente martes, todos seremos testigos de un acontecimiento histórico en nuestro país, ya que Claudia Sheinbaum Pardo se convertirá en la primera presidenta de la República Mexicana.

Sin embargo, no todos los trabajadores mexicanos podrán disfrutar de este día de asueto, ya que, debido a lo estipulado en su contrato laboral, deben acudir a su empleo a cumplir con sus obligaciones, a pesar de que se llevará a cabo la ejecutivo.

Es por ello que la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo () mencionó que, de acuerdo con lo estipulado en la Ley Federal del Trabajo (LFT), estas personas deben recibir un pago extra por acudir a trabajar.

Es por ello que en esta ocasión en DeDinero te diremos cuánto es lo que tu patrón te debe pagar si te hace ir a trabajar el próximo martes primero de octubre.

¿Cuánto me deben pagar por ir a trabajar el próximo martes 1 de octubre?

Según el artículo 69 de la Ley Federal del Trabajo, establece que los empleados deben laborar seis días a la semana, con un día de descanso. Esta norma se aplica principalmente a los trabajadores del sector público. No obstante, en muchas empresas privadas se conceden dos días de descanso por semana.

En cualquiera de los dos casos, si un trabajador es requerido para laborar en sus días de descanso, el artículo 71 señala que tendrá derecho a una prima adicional del 25 por ciento.

Asimismo, la Ley Federal del Trabajo estipula que, además del salario correspondiente por el día de descanso, se deberá pagar el doble del salario por el trabajo realizado en días festivos obligatorios, los cuales son:

  • Año Nuevo
  • Aniversario de la promulgación de la Constitución de 1917
  • Natalicio de Benito Juárez
  • Día del trabajo
  • Aniversario de la Independencia de México.
  • Aniversario de la Revolución Mexicana.
  • Transición del Poder Ejecutivo Federal (cada seis años)
  • Navidad
  • El día determinado por la jornada electoral.

Por lo tanto, si te toca acudir al trabajo el próximo martes 1 de octubre, el patrón debe hacerte un pago triple (tu salario diario más un salario doble) por prestar tus servicios.

¿Qué pasa si no me pagan triple por ir a trabajar el 1 de octubre?

De acuerdo con la Profedet, el empleador que se niegue a pagar el salario que legalmente le corresponde al trabajador; este último puede presentar una reclamación ante la Procuraduría Federal del Trabajo, la cual brindará asesoría, conciliación y representación a los afectados en asuntos laborales.

Este apoyo se puede obtener marcando al 800 911 7877 o enviando un mail a orientaciónprofedet@stps.gob.mx.



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