Además de contar con un salario fijo y las prestaciones laborales que marca la ley, los mexicanos que laboran en una empresa que se rige por la Ley Federal del Trabajo (LFT) cuentan con algunos beneficios.
Una de estas ventajas es la obtención de una línea de crédito, ya que al contar con el respaldo de las percepciones fijas, es más fácil que las instituciones financieras accedan a otorgar algún préstamo. Sin embargo, es importante destacar que las diversas entidades bancarias y crediticias suelen contar con diversos requisitos para poder otorgar un financiamiento.
De acuerdo con los resultados de las búsquedas de Google, en México, cientos de personas han indagado sobre los requisitos que pide el Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Fonacot). Esto se debe a que, de acuerdo con Salvador Herrera Gazca, los financiamientos que otorgó esta entidad durante el 2024 resultaron ser el apoyo ideal de millones de familias mexicanas.
Es por ello que en esta ocasión en DeDinero nos enfocaremos en uno de los requisitos que pide el Fonacot para poder otorgar algún crédito, el cual es el tiempo de antigüedad que deben cumplir los empleados en su centro laboral para acceder a un préstamo.
De acuerdo con las reglas de operación del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, los mexicanos que estén interesados en alguno de los créditos que otorga esta entidad deben contar con una antigüedad mínima de 6 meses en su actual trabajo. En el caso de los empleados eventuales en dos o más centros de trabajo, deben comprobar un máximo de 5 días hábiles de baja entre cada uno.
En caso de que cumplan con el tiempo señalado, es importante que los interesados conozcan si la empresa donde laboran está afiliada al Fonacot, ya que de lo contrario no podrán acceder a los financiamientos que otorga este organismo administrado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
Aunque, por otro lado, luego de la reforma a la Ley Federal del Trabajo que se publicó en abril del 2014, se manifiesta que las empresas que no estén afiliadas al Fonacot se podrán hacer acreedoras a una multa de entre 50 y hasta las mil 500 Unidades de Medida y Actualización (UMAs), la cual para este 2025 equivaldría a una sanción de entre los 5 mil 657 y hasta los 169 mil 710 pesos.