Se acerca la fecha límite para hacer la declaración anual de impuestos, es por ello que en redes sociales el término discrepancia fiscal se comienza a hacer tendencia, sin embargo, millones de contribuyentes tienen duda sobre el significado de este.

Es por ello que en te de diremos qué es y cómo podrás evitarla, antes de que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) te aceche.

¿Qué es la discrepancia fiscal?

Se refiere a la diferencia entre la información proporcionada por un contribuyente en su declaración de impuestos y los datos que tiene la autoridad fiscal sobre sus ingresos y activos. Esta discrepancia puede deberse a errores involuntarios, diferencias de interpretación de las leyes fiscales o incluso a acciones fraudulentas.

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Cuando se detecta una discrepancia fiscal, la autoridad fiscal puede iniciar una auditoría o una investigación para determinar la causa y corregir cualquier irregularidad. Dependiendo de la gravedad y la intencionalidad de la discrepancia, pueden imponerse sanciones, multas e incluso acciones legales contra el contribuyente.

En su portal web el SAT mencionó que en el Código Fiscal de la Federación (CFF) las personas físicas pueden ser sujetas al procedimiento de discrepancia fiscal si se demuestra que el total de gastos en un año, son mayores que los ingresos declarados por el contribuyente, o que debería haber declarado.

Por lo que, serán considerados gastos realizados por cualquier persona física, las compras de bienes, los depósitos en cuentas bancarias, las inversiones financieras o los cargos en tarjetas de crédito.

Los contribuyentes que estén bajo discrepancia fiscal, las autoridades procederán de la siguiente forma:

El contribuyente será notificado sobre el monto de las erogaciones detectadas, la información utilizada para identificarlas, el medio de obtención de dicha información y la discrepancia resultante.

Una vez notificado el oficio, el contribuyente tendrá un plazo de veinte días para presentar por escrito a las autoridades fiscales, a partir del día siguiente a la fecha de notificación, el origen o fuente de los recursos utilizados para realizar las erogaciones detectadas. En caso necesario, el contribuyente podrá ofrecer pruebas que considere adecuadas para demostrar que dichos recursos no constituyen ingresos gravados según lo establecido en este Título.

Las autoridades fiscales podrán solicitar información o documentación adicional al contribuyente en una sola ocasión, la cual deberá ser proporcionada dentro del plazo estipulado en el artículo 53, inciso c), del Código Fiscal de la Federación.

Si se comprueba la discrepancia, se considerará que dichos recursos constituyen ingresos gravados y se emitirá la liquidación correspondiente.

¿Cómo evitar la discrepancia fiscal?

El Servicio de Administración Tributaria menciona que la forma más efectiva de evitar discrepancias fiscales es ser completamente transparente y claro en todo lo relacionado con las cuentas financieras. Además, es fundamental mantener una contabilidad detallada y completa que registre todos los gastos e ingresos durante el año fiscal.


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